España se tiene por un país socialmente avanzado, pero el sector de la limpieza doméstica llevaba décadas reclamando eliminar algunas desigualdades casi medievales. Era imprescindible equiparar los derechos y la cobertura de una trabajadora del hogar con el resto de profesionales por cuenta ajena.
No hace ni dos años que España —por primera vez en la historia— concedió a las empleadas del hogar el derecho al subsidio por desempleo. Un Real Decreto Ley resolvió dos injusticias históricas: el trabajo sin derecho a cobrar paro y expuesto al despido sin justificación. Pese a haber subsanado este agravio, las personas trabajadoras en hogares ajenos son vulnerables a accidentes laborales o enfermedades profesionales.
Si eres una empleada del hogar, conocer tus derechos es fundamental antes de establecer una relación laboral con el propietario de una casa o una oficina. El empleador tiene la obligación de garantizar que la tarea se haga en un espacio apto y en circunstancias de seguridad y salud que reduzcan la posibilidad de accidentes laborales.
Trabajadora del hogar: Derechos de seguridad y salud
La coyuntura excepcional de las personas que trabajan en el sector del servicio doméstico requiere una normativa propia y diferenciada. Para empezar, el ámbito donde se presta la actividad es un domicilio ajeno, asociado a una intimidad familiar o personal que no es la propia. Por tanto, el trabajo diario se realiza en un marco laboral sustancialmente diferente al del ámbito productivo basado en los principios de la economía de mercado. A tal efecto el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, requiere medidas que ajusten este trabajo a las condiciones determinadas de la actividad.
Esta legislación suplementa con el Real Decreto-ley 16/2022, que contempla de manera explícita a las personas empleadas del hogar en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, afianzando su derecho a la seguridad y la salud en el trabajo. Este decreto enfatiza la prevención de la violencia contra las mujeres, tomando en consideración los rasgos singulares del trabajo doméstico, en los términos y con las garantías que se determinen por ley.
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