En los últimos meses se han publicado numerosas novedades técnicas y regulatorias de gran importancia para la industria química. En materia de residuos el pasado 9 de abril se publicó la esperada Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Con esta ley queda derogada la Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados, y se transpone al ordenamiento jurídico nacional la revisión de la Directiva Marco de Residuos (Directiva (UE) 2018/851) y la Directiva de Plásticos de un solo uso (Directiva (UE) 2019/904). Algunos de los puntos de mayor importancia de esta nueva Ley de Residuos son:
- Subproductos y fin de condición de residuo: agilización permitiendo su declaración por la autoridad competente e inclusión del silencio positivo. Además, se permite presentar ante las autoridades competentes de las CCAA las solicitudes de subproductos ya presentadas a nivel nacional antes de la entrada en vigor esta ley.
- Impuesto a los envases de plástico no reutilizables: moratoria para la entrada en vigor del impuesto (1 enero 2023).
- Exenciones impuesto envases plástico no reutilizables: productos sanitarios.
- Introducción del reciclado químico, reconociéndose en el cómputo de plástico reciclado.
- Microesferas: según Reglamento REACH.
- Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP): en el alcance de la contribución financiera se eliminan los costes asociados al impuesto de depósito en vertedero e incineración.
Por otro lado, el 6 de mayo fue enviado al TRIS el Proyecto del Real Decreto de Envases y Residuos de Envases. Este Real decreto pretende incorporar al ordenamiento jurídico interno la Directiva (UE) 2018/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases, aplicar los preceptos referidos a los envases de plástico de un solo uso contemplados en la Directiva (UE) 2019/904, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente (Directiva SUP) y desarrollar el régimen de responsabilidad ampliada del productor para todos los envases y residuos de envases en aplicación de la previsión incluida en el artículo 31.3 de la ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, teniendo en cuenta la regulación marco establecida en el proyecto de ley de residuos y suelos contaminados, incluidos los asociados a los envases de plástico afectados por la Directiva de plástico de un solo uso.
Desde el lanzamiento inicial del Proyecto del Real Decreto, el texto ha sufrido algunas modificaciones y cambios que permitirán una transición sostenible y equilibrada hacia modelos cada vez más circulares donde se priorice la prevención y un uso eficiente de los recursos, permitiendo a su vez mantener la competitividad de la industria química.
Como ejemplo, cabe destacar el reajuste de los objetivos y medidas de prevención o el permitir computar el reciclado de la industria química como otra vía más para la consecución de los objetivos de incorporación de plástico reciclado. Los principales puntos que aborda este Real decreto son:
- Identificación de la contribución del Punto Verde producto a producto, con el fin de garantizar la viabilidad del sector y de la Responsabilidad Ampliada del Productor.
- Medidas de mayor impacto en el sector de la industria química junto con mejoras técnicas para el cumplimiento de los objetivos:
- Reutilización.
- Contenido de plástico reciclado.
- Marcado de envases.
- Financiación de los costes de la RAP.
- Entrada en vigor de RAP para envases comerciales e industriales
Con respecto a los productos biocidas es importante destacar que el 18 de marzo la Asociación Internacional de jabones, detergentes y productos de mantenimiento A.I.S.E., junto con la Organización Biocides For Europe, que representa a más de 80 miembros, empresas, federaciones nacionales y asociaciones industriales involucradas en la cadena de suministro de biocidas, publicaron Informe: Análisis del reglamento de productos biocida.
Este informe aborda la implementación del Reglamento sobre productos biocidas en toda la Unión Europea e incorpora una serie de recomendaciones para garantizar que los biocidas continúen atendiendo las necesidades de la sociedad de manera segura y oportuna.
El Reglamento de Productos Biocidas (BPR) entró en vigor hace más de 8 años y durante este tiempo se ha adquirido por parte de la Industria mucha experiencia de los procesos y conceptos en el reglamento y su implementación. A.I.S.E. y Biocides For Europe unieron fuerzas para analizar el BPR y su implementación para identificar fortalezas, debilidades y posibles oportunidades de mejora.
Con este objetivo, se realizó una encuesta con sus miembros y las industrias químicas más abajo en la cadena de suministro, y se encargó un informe de evaluación. Los comentarios recibidos de los 100 encuestados confirman que, si bien el BPR introdujo nuevos conceptos y procesos prometedores, la implementación sigue siendo un desafío. La imprevisibilidad se ha identificado como una de las principales preocupaciones y se cree que es el resultado directo del complejo marco regulatorio estrechamente relacionado con la falta de armonización y los retrasos.
Es este complejo entorno regulatorio lo que ha obstaculizado la innovación y se refleja en el bajo número de nuevas sustancias activas que se han desarrollado desde que el Reglamento de Productos de Biocida entró en vigor. El informe y las hojas informativas complementarias se encuentran disponibles en las páginas web de A.I.S.E.