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Limpie Z as / Junio 2015 26 entrevista Por otro lado, la transposición de las directivas pone en marcha un nuevo planteamiento en cuanto a la división en lotes que, a partir de ahora, se fomenta precisamente para potenciar el acceso a los contratos públicos por parte de las medianas y pequeñas empresas. De manera indirecta, también se hace una mejor regulación de la subcontrata- ción. ¿Podría explicarnos el criterio de valo- ración de la solvencia económica y por qué será un desincentivador de la mo- rosidad? ¿Influirá en la puesta al día del pago a proveedores? En el nuevo texto, se ha introducido como novedad, la posibilidad de utilizar como criterio de valoración de la solvencia económica y financiera, el cumplimiento del periodo medio de pago a proveedo- res del empresario, siempre que se trate de sujetos obligados a su cálculo en los términos legalmente previstos. De esta forma se incentiva el cumpli- miento de los plazos de pago a suminis- tradores y contratistas. Por otro lado, el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado mediante Real Decreto Legis- lativo 3/2011, de 14 de noviembre, fue objeto de una modificación reciente precisamente para garantizar su total compatibilidad con la Directiva 2011/7/ UE, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las opera- ciones comerciales. Por lo tanto, desde el punto de vista de la normativa de contratación pública, se han adoptado todas las medidas necesarias para ga- rantizar el pago a proveedores dentro del plazo legal. Se han propuesto mejorar la publici- dad y la transparencia en la contrac- ción. ¿De qué manera se llevará esto en la práctica? ¿Cómo se fomentará e impulsará la competencia, beneficiando a las pymes? La competencia es uno de los principa- les objetivos de la regulación comunita- ria. Combinar la libre competencia con el fomento del acceso a la contratación pública de las pequeñas y medianas empresas no es una tarea sencilla y ha sido necesario diseñar algunas normas orientadas precisamente a este fin. Además de la reducción de cargas administrativas, recientemente se han adoptado una serie de medidas conte- nidas específicas para la contratación pública, por ejemplo, en la Ley 13/2013, de 27 de septiembre de Apoyo a los Em- prendedores y su Internacionalización. Estas medidas se concretan en normas para facilitar el acceso a la clasificación, como la reducción de umbrales o la va- loración de la experiencia desarrollada en el extranjero. en varios Estados miembros de la Unión Europea sin necesidad de aportar va- rias veces la información relativa a su personalidad jurídica, su solvencia eco- nómica, financiera, técnica y profesio- nal, estar al corriente de sus obligacio- nes tributarias o de la seguridad social, o la ausencia de causas de prohibición de contratar. En cuanto a la apuesta por las nue- vas tecnologías, se puede decir que se trata del instrumento necesario para hacer efectivo el compromiso con la transparencia, el control y la lucha contra la corrupción en la con- tratación pública. Además, el uso de los medios electrónicos en la contra- tación pública supone una reducción de las cargas para los contratistas, en particular para las pequeñas y me- dianas empresas, así como un ahorro importante en los procedimientos de contratación. “El uso de los medios electrónicos en la contratación pública supone una reducción de las cargas para los contratistas”
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