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normativa derar como experiencia computable para cada subgrupo solicitado. En nuestra opinión, esta modificación del reglamento responde a una voluntad de adaptar la normativa de desarrollo de la contratación pública en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, a la vez que facilitar la concurrencia en la contratación administrativa al flexibili- zar los criterios de solvencia, dando más oportunidades que amplíen la parrilla de acceso a los contratos públicos de las em- presas. EU E colabel El objetivo de este proyecto (Development of EU Ecolabel Criteria for indoor Cleaning Services) es desarrollar un nuevo criterio para la etiqueta ecológica de la UE para los servicios de limpieza, y también para revisar los criterios existentes de Contra- experiencia en ASPEL nos animaba a recomendar incluir un límite de licita- ción anual mayor; la mayoría de los contratos de servicios hoy superan esta cantidad. 5 El nuevo cuerpo legal, en sus artícu- los 27 y 29, amplía a 5 años la expe- riencia para los contratos de servicios (antes estaba en 3 años). Así mismo, regula las condiciones para la consi- deración como propia experiencia la de las obras ejecutadas por las filiales constituidas en el extranjero. Se mo- difican los artículos 39 y 45 del Re- glamento, el periodo durante el cual los trabajos en él ejecutados serán tomados en cuenta como prueba de la experiencia de los empresarios a efectos de su clasificación como con- tratistas de servicios, pero limitando a cuatro el número de trabajos a consi- cios que corresponden a cada uno de ellos, de manera que la determinación del CPV de un contrato efectuada por el órgano de contratación determinará de modo inequívoco su corresponden- cia con alguno de los subgrupos de clasificación establecidos, o bien su no correspondencia con ninguno de ellos. 4 En cuarto lugar, se modifica el artícu- lo 38 del Reglamento, introduciendo una categoría adicional para contra- tos de anualidad media superior a 1,2 millones de euros, y pasando a desig- nar las distintas categorías mediante números secuenciales cuyo valor cre- ciente representa un mayor importe de los contratos, partiendo de la cate- goría 1 hasta la 5 para contratos su- periores al límite. Consideramos este cuarto punto muy relevante, ya que la

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