limpiezas 124
Limpie Z as / Agosto 2016 30 con Firma L a contratación pública su- pone más de un 15 por ciento del Producto Interior Bruto de nuestro país, es de- cir, alrededor de 200.000 millones de euros, de los cuales 4.000 correspon- den al sector de la limpieza. Además, canaliza las principales obras, servicios y suministros del Estado. No es, desde luego, una cuestión baladí. Solamente con estos escuetos datos, cualquiera advierte que una gestión diligente en este sentido es vital. En marzo de 2014, el Parlamento Eu- ropeo aprobó tres directivas para la re- forma de la contratación pública con el objetivo de hacer más eficientes, trans- parentes y homogéneas las normativas sobre contratación en la Unión Europea. El pasado 18 de abril expiró el plazo para transponer el nuevo texto. Después de dos años España no ha sido capaz de adaptarlo a nuestra legislación y seguirá estancado hasta que se dilucide defini- tivamente el cuadro político en nuestro país. Aunque, por la experiencia previa de casos anteriores sabemos que no suele ocurrir, España se expone a ser sancionada por no haber cumplido con los plazos establecidos. Las circunstancias de un país con un gobierno en funciones no han facilitado una gestión apropiada. Los titubeos po- líticos han afectado de manera colate- ral a otras esferas, entre ellas al poder legislativo. El único movimiento al res- pecto fue un borrador de anteproyecto de ley propuesto por el Ministerio de Economía y Hacienda que nunca llegó a ser aprobado. cia un método socialmente responsable, porque aunque no es un fin en sí misma, la contratación pública sí se constituye como una herramienta al servicio de los poderes públicos para cumplir con valo- res como la cohesión social, redistribu- ción de la riqueza, igualdad y justicia. En definitiva, valores que debe proteger la Administración y por cuyo cumplimiento velamos desde nuestra patronal. Gracias a la nueva normativa, la oferta pública ya no se cimentará sobre lotes agrupados a los que sólo podían acce- der las grandes compañías. Y es que, in- sisto, la política de contratación pública no debe de perder de vista su naturale- za: es uno de los motores de la política del mercado interior y como tal, debe garantizar la libre circulación de mercan- cías y la libertad de establecimiento y de prestación de servicios. El nuevo texto es necesario para garantizar una com- petencia efectiva y sin discriminaciones para la obtención de contratos, a la vez que promueve la asignación óptima de los fondos públicos mediante la selec- ción de la mejor oferta, con lo que los poderes adjudicadores pueden obtener la mejor relación calidad-precio. 㔾 Así que en España nos seguíamos rigiendo por la antigua ley, ya que las directivas europeas no se aplican hasta que se transponen al marco jurídico na- cional. Pero ya no. Al haber finalizado el plazo, se impone el nuevo texto. Esto su- pone un cambio de paradigma, una no- ticia muy positiva y brinda nuevas opor- tunidades para la mayoría de empresas, en especial para las pymes, que con la antigua legislación quedaban excluidas de las ofertas públicas ante la imposibi- lidad de hacer frente a lotes gigantes y competir contra las grandes compañías. Como representante de la Asociación de Empresarios de Limpieza de Madrid (AEL- MA), puedo asegurar con firmeza que nos alegramos profundamente de este nuevo escenario, pues consideramos que la nor- mativa europea es infinitamente más justa y equitativa. De hecho, ya nos opusimos y criticamos públicamente la ley anterior. Esta directiva europea surge con la mi- sión de garantizar un uso eficiente de los recursos públicos y fomenta la participa- ción de las pymes, algo por lo que siem- pre hemos luchado en AELMA. El nuevo panorama al que nos enfrentamos supo- ne reorientar la contratación pública ha- Un nuevo y positivo escenario en la contratación pública J esús M artín P residente de AELMA
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