Limpiezas

44 Limpieza y su ámbito Limpie Z as / Febrero 2017 RECURSOS HUMANOS E l Real Decreto 16/2013 de 20 de diciembre sobre Me- didas para Favorecer La Contratación Estable y Me- jorar la Empleabilidad de los Trabajado- res, estableció la obligatoriedad para las empresas de registrar la jornada laboral de los trabajadores a tiempo parcial. No obstante, a raíz de las recientes sentencias 207/2015 y 25/2016, ambas dictadas por la Audiencia Nacional, la obligación de registro se ha hecho ex- tensible a todos los trabajadores. Por otra parte, la Inspección de Tra- bajo ha iniciado una campaña a nivel nacional, como consecuencia de una instrucción del Ministerio de Empleo, para controlar los tiempos de las jorna- das de trabajo. Por lo tanto, la empresa debe llevar un registro exhaustivo de todos sus tra- bajadores, con independencia del tipo de jornada, o de la realización de horas extraordinarias. La Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social, establece sanciones que van desde los 60 euros hasta los 187.515 euros. Para hablarnos de esta cuestión, des- de MoveWork hemos preguntado a un experto en la materia, Jesús Martín, pre- sidente de la Asociación de Empresarios de Limpieza de Madrid (AELMA), vicepre- sidente de las Asociaciones Federadas de Empresarios de Limpieza Nacionales (AFELIN) y empresario del sector. ¿Qué le trasladó la Inspección de Tra- bajo sobre la obligación de registro horario? La Inspección de Trabajo viene exi- giendo no solamente el cumplimiento de esta obligación, sino que está lle- vando a cabo una campaña para com- probar que las empresas disponen de estos registros. Cuando nos enteramos de esto, nos preocupó cómo iba a afectar esta cues- tión a las empresas, ya que una compa- ñía de limpieza no es una fábrica donde el gerente puede ver a todos sus opera- rios. Dar cumplimiento a esta obligación no es tarea fácil para nuestras empre- sas, donde el personal se encuentra di- seminado por multitud de lugares. Nos reunimos con el director territo- rial de la Inspección, Javier Cerrolaza, con la esperanza de que suavizara la exigibilidad de esa obligación, pero no fue así. Lo que sí nos comentó es que bastaría con tener un sistema de regis- tro horario, fuese cual fuese el formato del mismo. También tuve ocasión de reunirme con el magistrado ponente de la sen- tencia, Ricardo Bodas, que estableció la obligación de registrar la jornada de todos los trabajadores, no solamente la de los trabajadores a jornada parcial. Es el presidente de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, que es la que tiene competencia sobre estos asuntos. Gestión de la jornada laboral J esús M artín L ópez P residente de AELMA V icepresidente de AFELIN E lena V argas L ópez A bogada D irectora comercial asociada de M ove W ork

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