Limpiezas

asociaciones actualidad El pasado día 19 de enero tuvo lugar en Madrid la reunión de la Comisión Negociadora del XVIII Convenio General de la Industria Química, integrada por representantes de la Federación Empresarial de la Industria Química Española (FEIQUE), CCOO de Industria y UGT-FICA. El objetivo de la misma era firmar el acta de revisión sa- larial de los años 2015 y 2016, así como también del incre- mento salarial de 2017. De esta manera, se han suscrito los siguientes acuerdos: Después de comprobarse que, según los datos del Insti- tuto Nacional de Estadística (INE), la suma del IPC general español correspondiente a los años 2015 y 2016 es inferior a la suma de los incrementos pactados en el XVIII Convenio General de la Industria Química para esos mismos años, no es necesario ningún tipo de revisión salarial en el periodo que se ha indicado. Siguiendo lo que está establecido en el XVIII Convenio General de la Industria Química, corresponde un incre- mento salarial para 2017 del 1,7% sobre la Masa Salarial Bruta de 2016. Como consecuencia de ello se ha llegado al acuerdo de incrementar el salario de 2017 con carácter retroactivo al día 1 de enero de 2017 aplicando dicho incre- mento del 1,7%, según el procedimiento establecido en el artículo 33 del nombrado Convenio General de la Industria Química. De conformidad con el mismo precepto que implanta el citado convenio, de este porcentaje de incremento que se va a aplicar sobre la Masa Salarial Bruta de 2017 (1,7%), se reservará en concreto un 0,34% que será destinado a los siguientes conceptos que se procederá a mencionar a continuación: a) Nuevas antigüedades. b) Complemento de puesto de trabajo. c) Ajuste de abanicos salariales dentro del mismo grupo profesional y también entre los distintos grupos profesionales. Por otra parte, exactamente el mismo porcentaje de incre- mento del 1,7% efectuado sobre la Masa Salarial Bruta de 2016, se aplica además tanto sobre las tablas de Salarios Mínimos Garantizados de los artículos 32 y 44 y en los plu- ses del artículo 40, como en el plus de turnicidad del artículo 44.7 y en las dietas y kilometraje del artículo 28.4. La Asociación Profesional de Empresas de Limpieza (ASPEL), patronal estatal del sector de limpieza de edificios y locales, ha mostrado su preocupación por la aprobación en Consejo de Ministros del Real Decreto que desarrolla la Ley de Desin- dexación de la economía, que desvincula los precios públicos de la evolución del IPC. Según la Ley de Desindexación, que se encuentra en vigor desde abril de 2015, los precios públicos, como los derivados de contratos de servicios con la Administración, no se actua- lizan automáticamente con el IPC, sino que la subida se hace de acuerdo con el incremento de los costes del servicio. Sobre la normativa, el presidente de ASPEL, Juan Díez de los Ríos, ha lamentado que, con este nuevo desarrollo, sigue “sin amparar la revisión de costes en los contratos plurianuales de servicios con las administraciones públicas”. Además, ha explicado que la Ley de Desindexación “limita los costes de la mano de obra y sólo permite incrementar el precio de los contratos en la misma medida que lo hagan las retribuciones de los trabajadores públicos”. “La ley se olvida una vez más de la negociación colectiva y de lo dispuesto en los convenios del sec- tor, y cambia aspectos del proyecto de ley de contratación pública actualmente en trámite en el Congreso”, ha concluido. Licitación a bajo coste Por otra parte, ASPEL interpuso recursos ante el Tribunal Ad- ministrativo Central de Recursos Contractuales y el Tribunal Administrativo de Contratación de la Comunidad de Madrid al advertir que el presupuesto base de licitación era insuficiente en los concursos de limpieza del Tribunal de Cuentas y de la educación madrileña para cubrir íntegramente los costes la- borales, si se aplicaba lo dispuesto en el convenio colectivo de limpieza de edificios y locales de la Comunidad de Madrid. En este sentido, los tribunales han obligado ahora a la Con- sejería de Educación de la Comunidad de Madrid y al Tribunal de Cuentas a repetir sendos concursos públicos para la adju- dicación del servicio de limpieza de sus respectivos edificios y dependencias por estar licitados por debajo de coste. La justicia ha tomado en consideración las advertencias de la patronal, a pesar de que sólo lo ha hecho para siete de los nueve lotes en los que se dividía el concurso de limpieza de los centros de estudios y dependencias administrativas de la Consejería de Educación. EL ACTA PARA EL INCREMENTO SALARIAL 2017 DEL XVIII CONVENIO GENERAL DE LA INDUSTRIA QUÍMICA YA ESTÁ FIRMADA ASPEL MUESTRA SU PREOCUPACIÓN POR EL DESARROLLO DE LA LEY DE DESINDEXACIÓN Febrero 2017 / Limpie Z as 95

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