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Limpieza y su ámbito CONTROL DE PLAGAS tivo o rutinario, comprobación de la eficacia de un tratamiento y asociación a casos o brotes). En algunas instala- ciones, como torres de refrigeración, se aumentan los análisis de Legionella de manera sustancial (de cadencia trimestral a mensual). Asimismo, se establece mayor frecuencia de mues- treo en instalaciones con personal de riesgo (hospitales, por ejemplo). :: Procedimiento de muestreo en fun- ción del tipo de instalación, donde se definen distintos puntos de muestreo y número de muestras para cada caso, incorporándose conceptos novedosos como pre-flush y post-flush . 6 Definiciones. La norma incluye un total de 51 definiciones que refuerzan la cali- dad técnica del documento y ayudan al lector a conocer mejor todos los aspec- tos que encierra este complejo campo de trabajo. Aunque es evidente que la nueva Nor- ma UNE 100030:2017 representa una guía de referencia para los profesionales del sector, actualmente existe incertidum- bre sobre el grado de obligatoriedad en su aplicación por parte de las autorida- des sanitarias. Según información de los organizadores de las jornadas técnicas sobre la norma, el Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad va a dar una respuesta oficial a este respecto en breve. Asimismo, se informó en las jornadas de que la reforma del RD 865/2003, que lleva anunciándose años y no termina de for- malizarse, tiene vistas de cristalizar en un nuevo Real Decreto en no mucho tiempo. Los profesionales de este sector, que re- cibimos con agrado la actualización de la normativa y legislación siempre y cuando se cuente con todos los agentes implica- dos (empresas especializadas, laborato- rios, autoridades sanitarias…), seguimos expectantes ante los pasos de la Adminis- tración Pública en este sentido. 㔾 :: Programa de revisión de las instalacio- nes. :: Otras actuaciones. Asimismo, se establecen pautas ante positivos por Legionella en las catorce instalaciones incluidas en la norma (se establece por primera vez el porcentaje de número de muestras con presencia de Legionella en una instalación) y procedi- mientos específicos para los tratamientos de limpieza y desinfección. 4 Personal propio de las instalaciones. En la norma se definen de manera pre- cisa las operaciones de mantenimiento higiénico sanitario de las instalaciones que pueden ser efectuadas por el perso- nal propio de la instalación (Anexo B) y los conocimientos mínimos con los que debe contar dicho personal, estable- ciéndose conocimientos iniciales y para actualizar cada cinco años. 5 Toma y transporte de muestras de agua e informes de ensayo. Se desarro- lla un amplio anexo (F) que incluye los siguientes contenidos: :: Ensayos microbiológicos, reconocién- dose la validez de ensayos distintos a los realizados por cultivo (Norma UNE-ISO 11731) como PCR o método inmunomagnético, así como otros va- lidados por un organismo competente. :: Ensayos químicos y físico-químicos. :: Reactivos y materiales para la toma de muestra. :: Prácticas correctas de higiene en la toma de muestras. :: Formación y cualificación del personal técnico de muestreo. :: Registro de datos de toma de muestra. :: Informe de ensayo, detallándose todos los apartados que debe recoger. :: Toma de muestras para el ensayo de Legionella, en el que se establecen dis- tintos planes de muestreo en función del objetivo del mismo (control preven- tallan las partes de que debe constar, las cuales son el Diagnóstico Inicial, el Programa de Actuación, la Evaluación Periódica y la Auditoría Externa. Las dos principales novedades en este sentido son la Evaluación Periódica, revi- sión que debe hacerse al menos anual- mente de la eficacia del Programa de Actuación, y la Auditoría Externa, la cual tiene carácter voluntario y cuyo objeto es acreditar que el Plan de Prevención y Control de Legionella es adecuado. Conviene indicar que este último as- pecto (Auditoría Externa) ya estaba re- flejado en el decreto catalán (Decreto 352/2004) como obligatorio (Certificado de revisión). 2 Solvencia Técnica. Se establecen re- quisitos voluntarios y adicionales a los requisitos legales vigentes para ase- gurar una adecuada solvencia técnica adicional de las empresas que ofrecen servicios en los diferentes apartados del Plan de Prevención y Control de Legionella, excepto las entidades que realicen auditorías externas y los labo- ratorios de análisis. Esta solvencia tiene carácter voluntario, pero supone una oportunidad de puesta en valor para muchas empresas del sec- tor. 4 Instalaciones. En esta norma se esta- blecen procedimientos específicos para catorce instalaciones distintas, descri- biéndose criterios técnicos para la fase de diseño y montaje y para la fase de explotación, estructurando esta última del siguiente modo: :: Diagnóstico inicial; identificación de puntos críticos. :: Programa de actuación. :: Programa de tratamiento continuado de agua. :: Programa de muestreo y análisis del agua. :: Programa de limpieza y desinfección. 69 Agosto 2017 / Limpie Z as

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