Limpiezas 144

86 riesgos laborales Limpie Z as / Noviembre-Diciembre 2019 artículo técnico : Industriales: “residuos resultantes de los procesos de fabricación, de transfor- mación, de utilización, de consumo, de limpieza o de mantenimiento generados por la actividad industrial”. Y según su peligrosidad: : Peligrosos : residuos que contienen sustancias o preparados explosivos, oxidantes, inflamables, tóxicos, irritan- tes, nocivos, cancerígenos, corrosivos, infecciosos o de otro tipo que sean per- judiciales para la salud humana y el medio ambiente. : No peligrosos : los no clasificados como peligrosos, por ejemplo inertes y urba- nos y asimilables a urbanos. De la combinación de estas clasifica- ciones aparecen infinidad de variables y por lo tanto de residuos diferentes que dan a este sector su mayor peligrosidad. Para acotar el campo que se va a tra- tar vamos a definir el ciclo de vida de un residuo. De forma simplificada podría ser: 1. Producción del residuo (doméstico, co- mercial, industrial). 2. Segregación y almacenamiento. 3. Recogida y transporte. tratamiento final. Los clasificaremos se- gún su origen: : Domésticos : “residuos generados en los hogares como consecuencia de las actividades domésticas. Se consideran también residuos domésticos los simi- lares a los anteriores generados en ser- vicios e industrias”. : Comerciales: “residuos generados por la actividad propia del comercio, al por mayor y al por menor, de los servicios de restauración y bares, de las oficinas y de los mercados, y resto del sector servicios”. E n los últimos años se ha producido un notable creci- miento de empresas e insta- laciones relacionadas con la gestión y el tratamiento de los residuos. Todo ello derivado del establecimiento de disposiciones legislativas tanto naciona- les como autonómicas y el aumento de la sensibilización social. El sector de la gestión de residuos es amplio y conlleva una variedad de procesos imposibles de resumir en unas líneas. Por ello vamos a centrarnos únicamente en una parte del sector. Empecemos por definir qué se entiende por residuo. Según la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contamina- dos un residuo es “cualquier sustancia u objeto que su poseedor deseche o tenga la intención o la obligación de desechar”. La definición de por sí es muy genérica y puede abarcar infinidad de elementos. Podemos clasificar los residuos de di- versas formas y dependiendo de estas clasificaciones así será su gestión y su A na J iménez S antander R esponsable PRL en S afetykleen E spaña , S.A. La prevención de riesgos laborales en el sector de la gestión de residuos

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