Limpiezas 159
a fondo química profesional Limpie Z as / Mayo-Junio 2022 28 res y se muestra permisivo o pasivo”, STSJ Navarra de 31 de julio de 2006 (AS 2006; 3267). “Una conducta tolerante de la empre- sa, consistente en no prohibir ni impe- dir la realización habitual de tareas u operaciones peligrosas e imprudentes (…), resulta determinante para la impo- sición del recargo, obviamente, siempre que medie previo incumplimiento de las normas de seguridad y salud laborales (…). Asimismo, con carácter general, la no advertencia por parte de la empresa, o incluso de los compañeros de trabajo, de los peligros ciertos que corre un tra- bajador en el ejercicio de una actividad, justifica la imposición del recargo”, STSJ Andalucía, Sevilla de 2 de febrero de 2007 (AS 2007; 1591). En consecuencia, sería muy recomen- dable que el directivo valore si su equipo y él mismo conocen este grado de res- ponsabilidad y, con ello, llevar a cabo las acciones oportunas para conseguir una integración efectiva de la seguridad y sa- lud en toda la organización. - ¿Qué tratamiento / seguimiento se le da a la evaluación de riesgos entrega- da por el Servicio de Prevención Ajeno (SPA)? No es extraño que la evaluación de riesgos preparada por el Servicio de Prevención Ajeno, acabe en el archivo sin ningún tipo de seguimiento o acción posterior. Si esto es así, debería ser mo- tivo de preocupación y de una acción inmediata. La dirección de la empresa debe de tener claro que este documento, de gran importancia legal, debe de tener continui- dad en la empresa. Es muy recomendable que se establezcan planes de acción, se definan acciones, etc. para minimizar/eli- minar los riesgos que se detectan en es- tas evaluaciones. Y que una inacción en este campo puede dejarnos sin defensa de las necesidades formativas que de- bería de tener una persona que ocupe dicho puesto. Y en este sentido, debo de reconocer que no es extraño que puestos operativos con incidencia po- tencial sobre la seguridad y salud no dispongan de los conocimientos nece- sarios cuando acceden al puesto. Disponer de una descripción de pues- tos de trabajo y de un plan formativo debe de evitarnos situaciones como las descritas. - ¿Conoce el equipo directivo y la línea de mando sus responsabilidades en materia de seguridad y salud? La legislación española es muy clara en este sentido. A diferencia de la norma- tiva aplicable en otros países, en Espa- ña el empresario deberá ‘garantizar la seguridad y salud de los trabajadores’. Siendo esta expresión ‘garantizar’, la que complica enormemente el marco legal español en materia de seguridad y salud laboral: “El empresario adoptará las medidas necesarias..., de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores ...” ( art. 17 de la Ley de Prevención ). “...el deber de protección del empresario es incondicional y prácti- camente ilimitado. Deben adoptarse las medidas de protección que sean nece- sarias, cualesquiera que ellas fueran”. En este sentido, pueden citarse varios ejemplos referentes al uso de equipos de protección individual, cumplimiento de normas de seguridad internas, etc. dentro de la jurisprudencia española: “...no cabe exigir al empresario, den- tro del deber de vigilancia ínsito en la obligación de garantizar la seguridad y vigilancia de los trabajadores a su ser- vicio, que se convierta en una sombra del trabajador, si bien incurrirá en res- ponsabilidad si se constata un incum- plimiento sistemático o frecuente de las obligaciones a cargo de los trabajado- - ¿Tienes asignado un presupuesto anual a seguridad y salud? Esta pregunta está resuelta para una gran empresa y en la mayoría de media- nas empresas pero, para una pequeña empresa podemos encontrarnos que no se dispone de un presupuesto para se- guridad y salud. - ¿Cada cuánto te reúnes con tu res- ponsable de seguridad y salud? Puede ser que buscando entender el grado de implicación de la Dirección en temas de seguridad y salud y resaltar la importancia de hacer un seguimiento (real y efectivo) de cómo están marchan- do las cosas (consecución de objetivos, planificación, etc.). O puede suceder que la Dirección se reúna con su responsa- ble de Seguridad y Salud justo para pre- parar la auditoría de certificación. Por citar otra situación concreta, no es ex- traño que no se disponga de un plan de mediciones higiénicas y un presupuesto anual asignado al mismo. Otra cuestión que hay que identificar en esa pequeña y mediana empresa que solicita ayuda / consejo sobre cómo me- jorar sería... -¿Dispones de un plan formativo y de una descripción de puesto de trabajo y necesidades formativas? A lo largo de mi experiencia profesional en el campo de la seguridad y salud, y también del medio ambiente, he conoci- do todo tipo de situaciones relacionadas con esta cuestión: - Hay empresas que no disponen de un plan de formación definido y buscan cubrir la formación en seguridad y salud contratando algún curso, pero detrás de esta acción no hay una co- rrelación clara con las verdaderas ne- cesidades que tiene la organización. - En muchos casos, no se dispone de una descripción del puesto de trabajo y ARTÍCULO TÉCNICO
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